La Justicia dictó un segundo fallo de inconstitucionalidad contra el artículo 55 de la reciente reforma laboral. En esta oportunidad, el juzgado interviniente invalidó el nuevo sistema de cálculo de intereses para las indemnizaciones por despido, argumentando que el mecanismo propuesto por la ley vulnera el derecho de propiedad del trabajador y no compensa la pérdida del poder adquisitivo frente a la inflación.
El artículo bajo la lupa
El fallo apunta contra la modificación que pretendía indexar los créditos laborales utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual. Según la resolución judicial, esta fórmula resulta insuficiente en un contexto de alta inflación, ya que termina licuando el monto final que percibe el trabajador tras ser despedido.
Este es el segundo revés de este tipo en pocas semanas, lo que marca una tendencia en el fuero laboral: los jueces consideran que la reforma no puede retroceder sobre derechos adquiridos ni establecer mecanismos que favorezcan la desvalorización de las deudas patronales.
Un alivio para los trabajadores despedidos
Para los especialistas legales del sector gremial, este fallo es una victoria estratégica. Con el sistema que pretendía la reforma, las empresas tenían un incentivo económico para dilatar los juicios, ya que la tasa de interés impuesta era significativamente menor a la inflación real o a las tasas bancarias.
"Si el interés que paga el empresario por despedir es más bajo que lo que rinde el dinero en el mercado financiero, el despido sale barato y el juicio se convierte en un negocio para la patronal", explicaron asesores sindicales consultados.
Hacia una definición de fondo
Si bien el Gobierno sostiene que el nuevo cálculo busca "dar previsibilidad" a las empresas y evitar la quiebra de PyMEs, la Justicia laboral viene rescatando el principio de progresividad. Este nuevo fallo de inconstitucionalidad se suma al cuerpo de antecedentes que seguramente terminarán en la Corte Suprema de Justicia para una definición definitiva.
Por lo pronto, este precedente permite que los trabajadores que hoy están en litigio puedan reclamar un cálculo que contemple tasas que realmente protejan el valor de su indemnización, impidiendo que el paso del tiempo termine devorando su resarcimiento.
Compartir esta noticia
¡Enlace copiado al portapapeles!
Comentarios
¿Te gustaría comentar esta noticia?
Enviar comentario