La Unión Obrera Metalúrgica (UOM) sufrió un fuerte sacudón institucional luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declarara nulas las elecciones nacionales realizadas en marzo de 2026, desplazara de su cargo al secretario general Abel Furlán e interviniera judicialmente el sindicato por un plazo de 180 días.

La resolución fue dictada por la Sala VIII del tribunal laboral, que además anuló los comicios realizados en la seccional Campana, origen de la causa impulsada por la opositora Lista Naranja, que había denunciado irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo.

Según el fallo, la elección de Campana y la nacional realizada el 18 de marzo constituían un proceso “inescindible”, por lo que la nulidad de la primera arrastraba necesariamente la invalidez de la segunda.

“Si una es nula, también la otra lo es”, sostuvo el juez Víctor Arturo Pesino, en un voto acompañado por la magistrada María Dora González.

La sentencia ordenó el “cese inmediato” de Furlán y del resto de las autoridades electas en marzo pasado. También dejó sin efecto las designaciones realizadas por esa conducción desde su asunción.

Además, la Cámara declaró la acefalía de la organización sindical y designó como interventor judicial al abogado Alberto Biglieri, quien tendrá la responsabilidad de convocar a nuevos comicios dentro de los próximos 180 días.

Entre las principales irregularidades señaladas por el tribunal aparece el manejo de las urnas durante las tres jornadas de votación en Campana, sin escrutinios provisorios diarios ni garantías suficientes para asegurar la inviolabilidad del voto.

“La ausencia de salvaguarda de la voluntad de los electores destruyó la objetividad de todo el proceso”, remarcó el fallo.

Los jueces también cuestionaron que las urnas permanecieran bajo custodia de la conducción oficialista en la sede sindical de Campana y consideraron “inaceptable e irrazonable” exigir a los sectores opositores permanecer en el lugar para controlar el proceso.

Otro de los puntos cuestionados fue el accionar de la Junta Electoral local y nacional, a las que el tribunal acusó de guardar “silencio” frente a las denuncias realizadas por la oposición.

Asimismo, la Cámara sostuvo que la conducción de la UOM desobedeció la medida cautelar dictada el 17 de marzo que suspendía la elección nacional prevista para el día siguiente. “La UOM prefirió desoír a esta Sala y seguir adelante”, señalaron los magistrados.

Finalmente, el tribunal justificó la intervención judicial como una medida necesaria para garantizar la normalización institucional del sindicato y asegurar un nuevo proceso electoral transparente. “La intervención judicial no busca limitar la autonomía sindical, sino restaurarla”, concluyó la sentencia.