La Justicia dictó una medida cautelar de fuerte impacto político y gremial que obliga al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) a reincorporar de manera inmediata a la trabajadora del Policlínico PAMI II de Rosario, Melina Gutiérrez, quien además se desempeña como secretaria general de la Junta Interna de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el organismo. El fallo, emitido por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 77, determinó que la desvinculación de la dirigente violó de forma flagrante el régimen de tutela sindical que la ampara legalmente por su rol gremial, otorgándole un plazo perentorio de tres días a la obra social de los jubilados para hacer efectiva su reinstalación en el puesto.

La controversia se originó el pasado 31 de marzo, cuando las autoridades del PAMI le impidieron a Gutiérrez ingresar a prestar tareas en el efector de salud de la zona norte de Rosario, desconociendo la vigencia de sus fueros gremiales. Al analizar la presentación legal de la trabajadora, la magistrada interviniente consideró plenamente acreditada la verosimilitud del derecho invocado, ya que la delegada cuenta con un mandato sindical vigente que se extiende hasta octubre de 2027, lo que la sitúa bajo la órbita de protección de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales. El fallo remarcó que la cesantía fue dispuesta con total irregularidad, dado que el PAMI nunca promovió el juicio previo de exclusión de tutela que exige la ley de fondo para poder sancionar o despedir a un representante de los trabajadores.

En los fundamentos de la resolución, la jueza advirtió que mantener la exclusión de Gutiérrez de su lugar de trabajo mientras se sustancia el proceso principal ocasionaría un daño irreparable a la actividad sindical interna de ATE dentro del policlínico, un derecho protegido con rango supremo por la Constitución Nacional y por los tratados internacionales. Por tal motivo, ordenó su reinstalación provisoria y fijó multas conminatorias de carácter económico en caso de que las autoridades del organismo estatal decidan desobedecer la orden judicial. Asimismo, la resolución ratificó la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para intervenir en el conflicto, echando por tierra los planteos de la patronal y sentando un precedente fundamental en la defensa de la libertad sindical en la región.